La ÀÖ²¥´«Ã½ expide los tÃtulos oficiales de Grado y de Máster Oficial. También expide los tÃtulos oficiales de doctor/a, ingeniero/a, arquitecto/a, licenciado/a, diplomado/a, ingeniero/a técnico/a y arquitecto técnico/a para los estudiantes que han finalizado los estudios en cualquiera de sus centros con fecha posterior al 1 de enero de 1988.
Aquà se presentan las preguntas y respuestas que habitualmente se plantean durante el procedimiento de expedición de tÃtulos.
El alumnado realizará la solicitud de expedición de tÃtulo en la SecretarÃa del Centro correspondiente, una vez que haya superado los requisitos académicos de cada titulación.
Con carácter general:
Para más información dirÃgete a la SecretarÃa de tu Centro.
En la SecretarÃa del Centro se entregará el resguardo de abono de los derechos de expedición.
Además, se puede solicitar en la Unidad de TÃtulos la expedición del certificado sustitutorio del tÃtulo, documento que tiene la misma validez y surte los mismos efectos hasta que la SecretarÃa entregue el tÃtulo impreso.
La SecretarÃa comunicará cuándo el tÃtulo está impreso y puede ser recogido.
Puede recogerlo el titulado, que deberá identificarse por medio del DNI o del pasaporte, o bien otra persona autorizada mediante poder notarial.
También se puede solicitar la remisión del tÃtulo a una oficina consular española, si reside en el extranjero, o a la Subdelegación del Gobierno más próxima alÌýdomicilio del solicitante.
Es un documento expedido en dos idiomas, que en la ÀÖ²¥´«Ã½ son el español y el inglés, que acompaña al tÃtulo universitario y en el que se reflejan los resultados de aprendizaje, los conocimientos acreditados y las capacidades profesionales adquiridas del estudiante.
En España la norma que establece el procedimiento para la expedición del S.E.T. es el Real Decreto 1044/2003, de 1 de agosto. En la ÀÖ²¥´«Ã½ la expedición del S.E.T. está regulada por la Instrucción de 26 de marzo de 2008.
El S.E.T. no sustituye al tÃtulo, sino que aporta una información más completa del mismo, sobre el nivel y contenido de las enseñanzas y con una descripción de los estudios seguidos. El objetivo esÌýpromover y facilitar la movilidad de los titulados en el marco del Espacio Europeo de Educación Superior, facilitando el reconocimiento académico y profesional entre los paÃses del espacio europeo.
En estos momentos puede expedirse para las titulaciones de primer y segundo ciclo de planes renovados, y para aquellos estudiantes que hubieran solicitado su tÃtulo a partir del 12 de septiembre de 2003, fecha en que entró en vigor el Real Decreto que regula su expedición.
El S.E.T. se solicita en la SecretarÃa del Centro donde se hayan finalizado los estudios, una vez se hayan abonado los derechos de expedición del TÃtulo y del propio S.E.T.
El S.E.T. se recogerá en la SecretarÃa del Centro.
Es un documento que surte los mismos efectos que el tÃtulo universitario oficial en tanto se tramita su expedición. Puedes solicitarlo una vez hayas abonado los derechos de expedición del tÃtulo universitario oficial. Está exento de pago.
Toda persona que, una vez solicitado y abonado los derechos de expedición del TÃtulo Universitario Oficial, esté a la espera de la expedición del mismo.
Se solicita mediante una instancia dirigida al Sr. Rector por cualquiera de estos medios:
Una vez que el expediente de solicitud de TÃtulo se haya recibido, el plazo es de aproximadamente 10 dÃas.
El certificado sustitutorio será remitido a la dirección de correo electrónico que haya indicado el solicitante en su instancia.
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