Acuerdo 10.1/CG 18-12-24, por el que se aprueba el Reglamento de gesti贸n y tutela del patrimonio cultural de la 乐播传媒.

Acuerdo 10.1/CG 18-12-24, por el que se conviene, por asentimiento, la aprobaci贸n del Reglamento de gesti贸n y tutela del patrimonio cultural de la 乐播传媒, en los t茅rminos del documento que se anexa.

ANEXO

REGLAMENTO DE GESTI脫N Y TUTELA DEL PATRIMONIO CULTURAL DE LA UNIVERSIDAD DE SEVILLA

SUMARIO

笔搁贰脕惭叠鲍尝翱

T脥TULO PRELIMINAR. Disposiciones generales

CAP脥TULO I. Objeto y 谩mbito de aplicaci贸n

Art铆culo 1. Objeto

Art铆culo 2. 脕mbito de aplicaci贸n

Art铆culo 3. Afectaci贸n de los bienes

Art铆culo 4. Principios para la gesti贸n de los bienes

CAP脥TULO II. Organizaci贸n y funcionamiento del sistema de patrimonio cultural de la 乐播传媒

厂别肠肠颈贸苍 1.陋 脫rganos responsables en materia de patrimonio cultural

Art铆culo 5. 脫rganos responsables

Art铆culo 6. 脫rganos y unidades administrativas colaboradores en materia de patrimonio cultural

Art铆culo 7. 脫rganos t茅cnicos especializados

厂别肠肠颈贸苍 2.陋 La comisi贸n de patrimonio cultural

Art铆culo 8. Definici贸n

Art铆culo 9. Componentes

Art铆culo 10. Funciones

厂别肠肠颈贸苍 3.陋 Funciones en materia de patrimonio cultural

Art铆culo 11. Funciones espec铆ficas en relaci贸n con el patrimonio cultural

T脥TULO I. Normas aplicables a la gesti贸n de los bienes

CAP脥TULO I. Adquisici贸n y catalogaci贸n

Art铆culo 12. Pol铆tica de adquisiciones.

Art铆culo 13. Inventario de patrimonio cultural de la 乐播传媒

CAP脥TULO II. Cesiones de bienes y regulaci贸n del uso

Art铆culo 14. Cesi贸n temporal de bienes muebles a otras entidades

Art铆culo 15. Procedimiento de solicitud de cesi贸n temporal de bienes muebles a otras entidades

Art铆culo 16. Formalizaci贸n y r茅gimen jur铆dico de la cesi贸n temporal de bienes muebles a otras entidades

Art铆culo 17. Cesiones temporales de bienes muebles a la 乐播传媒

Art铆culo 18. Cambios de ubicaci贸n y traslados

Art铆culo 19. Autorizaci贸n de usos

Art铆culo 20. Derechos de explotaci贸n de los bienes pertenecientes al patrimonio cultural de la 乐播传媒

CAP脥TULO III. Conservaci贸n de bienes muebles e inmuebles

Art铆culo 21. Deber de conservaci贸n y modalidades de intervenci贸n

Art铆culo 22. Autorizaci贸n de las intervenciones sobre bienes muebles e inmuebles

Art铆culo 23. Seguimiento de las intervenciones sobre bienes muebles e inmuebles

Art铆culo 24. Criterios de intervenci贸n

Art铆culo 25. Conservaci贸n preventiva

CAP脥TULO IV. 顿颈蹿耻蝉颈贸苍

Art铆culo 26. R茅gimen de visitas p煤blicas y acceso de investigadores e investigadoras

Art铆culo 27. Otras acciones de difusi贸n: Programas educativos, formaci贸n y talleres divulgativos

Art铆culo 28. Investigaci贸n y publicaciones

Art铆culo 29. Nuevas tecnolog铆as aplicadas a la difusi贸n

T脥TULO II. Medidas adicionales de fomento

Art铆culo 30. Colaboraci贸n con otras instituciones y con el sector privado

Art铆culo 31. Promoci贸n y fomento del patrimonio cultural de la 乐播传媒

Art铆culo 32. Asesoramiento y asistencia t茅cnica

Art铆culo 33. Fomento del voluntariado cultural

Art铆culo 34. Plan Integral para el Patrimonio Cultural de la 乐播传媒

DISPOSICI脫N ADICIONAL

脷苍颈肠补. Cita en g茅nero femenino de los preceptos de este Reglamento.

DISPOSICI脫N DEROGATORIA

脷苍颈肠补.

DISPOSICIONES FINALES

Primera. Desarrollo.

Segunda. Entrada en vigor.

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La 乐播传媒 se fund贸 en 1505 y cuenta con m谩s de cinco siglos de historia en los que ha ido atesorando un patrimonio cultural, consecuencia de su propia evoluci贸n en el tiempo, resultando un conjunto heterog茅neo, numeroso, contempor谩neo y vivo. Este patrimonio es uno de los m谩s importantes de las universidades p煤blicas espa帽olas. Su origen se remonta a la creaci贸n en el Colegio de Santa Mar铆a de Jes煤s y se vincula a su propio acervo hist贸rico y art铆stico desde su fundaci贸n, as铆 como a los cambios sufridos en el siglo XVIII con la creaci贸n de la Universidad literaria en 1771 con el asistente Pablo de Olavide y su traslado a la antigua Casa Profesa e iglesia universitaria de la Anunciaci贸n, con la que se incorpora el legado de la Compa帽铆a de Jes煤s tras su expulsi贸n en 1767. En el siglo XX se increment贸 con el patrimonio arquitect贸nico de la Antigua Real F谩brica de Tabacos como obra singular, as铆 como el resto de los edificios que representan diferentes momentos hist贸ricos desde los pabellones de la exposici贸n Iberoamericana de 1929, los ejemplos de arquitectura racionalista o los m谩s modernos en los campus que se extienden por la ciudad, haciendo de esta una red abierta universitaria. Junto a estos hay una m煤ltiple variedad de bienes culturales que van desde su pasado hist贸rico hasta el contempor谩neo, promoviendo la contemporaneidad con los cert谩menes art铆sticos y constantes adquisiciones que se realizan, teniendo la Universidad entre sus misiones prioritarias, el compromiso y la obligaci贸n de conservar, difundir y acrecentar su legado hist贸rico.

El patrimonio cultural de la 乐播传媒 se compone de un conjunto m煤ltiple de elementos de diversa tipolog铆a que se han ido incorporando a lo largo de estos cinco siglos de existencia. Estos bienes materiales est谩n formados por los diferentes edificios hist贸ricos y contempor谩neos que componen sus campus, diseminados por la ciudad, las piezas arqueol贸gicas, los objetos hist贸ricos, el legado industrial, las obras de arte, los documentos y los libros, as铆 como las colecciones y conjuntos tecnol贸gicos y cient铆ficos, mayormente compuestos por aquellos objetos que tuvieron una funci贸n inicial que se vinculaba a la labor docente o las tareas investigadoras. No obstante, el paso del tiempo y la obsolescencia hicieron que fuesen sustituidos posteriormente por otros equipos m谩s modernos y mejor dotados para esta misi贸n, por lo que con una nueva significaci贸n adquieren un nuevo valor patrimonial al establecerse como testigos de la evoluci贸n y el progreso del conocimiento.

No podemos olvidar tampoco el patrimonio inmaterial que acumula la 乐播传媒, que constituye una parte destacada de su patrimonio cultural, pues a lo largo de la evoluci贸n de esta instituci贸n universitaria, cinco veces centenaria, se han ido formulando un conjunto de usos, costumbres y rituales que conforman la identidad de su vida acad茅mica. Por otra parte, la Universidad son tambi茅n sus universitarios, quienes han tenido un protagonismo en el desarrollo de la instituci贸n, consiguiendo resultados destacados en el avance del conocimiento, el desarrollo de la ciencia y el fomento de la cultura, herramientas imprescindibles para el desarrollo y progreso de la sociedad.

El patrimonio cultural de la 乐播传媒 como consecuencia de su propia singularidad y de su incorporaci贸n a lo largo del tiempo, es numeroso y heterog茅neo, y est谩 disperso en su localizaci贸n. En muchos casos, se presenta agrupado en colecciones y conjuntos patrimoniales. Este patrimonio se encuentra en su mayor parte inventariado y catalogado, lo que permite el conocimiento previo exhaustivo de los elementos que lo constituyen o que pueden llegar a hacerlo, tanto desde el punto de vista cuantitativo como cualitativo. La Universidad tiene el compromiso de garantizar su integridad, a trav茅s de aquellas labores de conservaci贸n y acciones de restauraci贸n que preserven este rico patrimonio, siendo a pesar de la ingente labor, una obligaci贸n y una necesidad entre las funciones prioritarias de la instituci贸n. Con esta finalidad, se debe comenzar por identificar lo que tenemos, as铆 como reconocer cu谩les son sus valores, sus necesidades y su estado de conservaci贸n.

Durante estos 煤ltimos a帽os se han sentado las bases fundamentales para llevar a cabo un trabajo riguroso, que consiste en la actualizaci贸n de toda la documentaci贸n registral de nuestro patrimonio, algo que supone una garant铆a b谩sica para su conservaci贸n, y que hay que continuar desarrollando de forma continuada en el tiempo, llevando a cabo una gesti贸n de todos los registros existentes en la actualidad en un registro integral. Tambi茅n se han venido desarrollando una serie de intervenciones que van desde las conservativas hasta las restauradoras en diferentes piezas de colecciones diversas, algo que debe consolidarse como un trabajo constante y sistem谩tico en el tiempo tanto a nivel estructural como integral. Del mismo modo, se ha desarrollado una labor de asesoramiento, colaboraci贸n y coordinaci贸n con los responsables de las diferentes tipolog铆as patrimoniales y de las colecciones, favoreciendo e incentivando aquellas actuaciones que pudieran estar dedicadas a la catalogaci贸n, as铆 como a la conservaci贸n y difusi贸n de nuestro patrimonio mueble.

Este legado acumulado y heredado a lo largo de los m谩s de quinientos a帽os de historia, constituye la identidad de la Universidad. Por sus propios valores, este patrimonio constituye una de las se帽as de identidad, pues es este el que fortalece nuestra imagen institucional y configura nuestro sentido de pertenencia a la instituci贸n. Sus diferentes bienes permiten trazar un recorrido hist贸rico de la propia evoluci贸n de la Universidad, desde sus or铆genes en el Colegio de Santa Mar铆a de Jes煤s, su transformaci贸n en la instituci贸n moderna del siglo XVIII, hasta la configuraci贸n contempor谩nea de una Universidad internacional, sostenible e inclusiva, que ha evolucionado junto a una ciudad, contribuyendo a su transformaci贸n y definici贸n de Sevilla, en la que est谩 implantada. La responsabilidad de nuestra Universidad con el patrimonio va m谩s all谩 de los elementos que conforman su propia historia. Su compromiso con el patrimonio de la ciudad y su aportaci贸n en relaci贸n con la conservaci贸n y mantenimiento de la riqueza patrimonial de Sevilla hacen evidente la conveniencia de haber desarrollado un plan de acci贸n Universidad-ciudad, as铆 como plantear una estrategia conjunta con otras instituciones encargadas de velar por el patrimonio, caso por ejemplo del Ayuntamiento de Sevilla y el plan muse铆stico de la 乐播传媒 o los que puedan desarrollarse con la Diputaci贸n de Sevilla y la Junta de Andaluc铆a. Con esta 煤ltima instituci贸n, conviene recordar la inclusi贸n del patrimonio cultural de las Universidades p煤blicas andaluzas en el Cat谩logo General del Patrimonio Hist贸rico Andaluz por la Disposici贸n adicional sexta de la Ley de Patrimonio Hist贸rico de Andaluc铆a, lo que convierte a la 乐播传媒 en una instituci贸n de referencia por su patrimonio, que debe cumplir un papel protagonista en la protecci贸n, conservaci贸n y transmisi贸n de sus principales valores para el conjunto de la sociedad.

La 乐播传媒 dentro de su plan estrat茅gico est谩 avanzando en el desarrollo de mecanismos y en el fortalecimiento del servicio t茅cnico que proteja, conserve y dinamice su patrimonio. Esta iniciativa debe realizarse hacia dentro, a nivel de la propia instituci贸n, como hacia fuera, resaltando el protagonismo que debe tener la 乐播传媒 como referente en el desarrollo de una pol铆tica patrimonial universitaria. En este sentido, a nivel estatal particip贸 en la Declaraci贸n de Salamanca sobre el Patrimonio Hist贸rico-Cultural de las universidades espa帽olas, firmada el 11 de enero de 2008, junto con las universidades de Salamanca, Alcal谩, Barcelona, Oviedo, Pa铆s Vasco, Santiago de Compostela, Granada, Valencia y Valladolid. Tambi茅n ha contribuido en jornadas de reflexi贸n sobre el patrimonio universitario y participa en cuantas acciones e iniciativas patrimoniales se han desarrollado en el conjunto universitario del sistema p煤blico andaluz. La Declaraci贸n de Sevilla sobre el Patrimonio Universitario y su funci贸n social, firmada el 15 de mayo de 2024 por m谩s de trescientas universidades impulsa a estas, como instituciones culturales al servicio de la sociedad y su desarrollo, a establecer pol铆ticas institucionales para proteger y crear conciencia sobre el valor de su patrimonio cultural y su significaci贸n social, identificando medidas para su tutela y acrecentamiento. Es por tanto que la 乐播传媒 tiene el deber de incrementar, preservar, valorar y difundir su patrimonio, as铆 como el de consolidar los valores asociados a la singularidad de la realidad universitaria. Estos son objetivos b谩sicos y prioritarios para la Universidad, incorpor谩ndolas en las l铆neas de creaci贸n del conocimiento del Plan estrat茅gico. Para ello se requiere el desarrollo de instrumentos espec铆ficos que contribuyan a la consecuci贸n de los objetivos y el cumplimiento de las acciones encaminadas a implementarlos.

La puesta en marcha de un Reglamento de gesti贸n y tutela del patrimonio cultural de la 乐播传媒 es fundamental para atender una de las misiones principales de la 乐播传媒, una de las instituciones principales en el sistema p煤blico espa帽ol y se torna desde luego imprescindible para articular una gesti贸n integral de nuestro patrimonio, que permita su conservaci贸n y la difusi贸n de los valores de este legado cultural. Adem谩s de constituir un instrumento de gesti贸n necesario, debe ser una de nuestras cartas de presentaci贸n ante las instituciones p煤blicas y privadas de nuestro entorno, del conjunto de la comunidad universitaria y de la sociedad.

Con esta finalidad, se articula un reglamento propio del patrimonio cultural que, de acuerdo con la normativa actual de la 乐播传媒 y la legislaci贸n vigente, desarrolle aquellos aspectos que le son espec铆ficos. Un texto normativo que integre y complemente las pautas de actuaci贸n que rigen el patrimonio inmueble, las normativas y los protocolos del Archivo Hist贸rico, el Fondo Antiguo de la Biblioteca, as铆 como sus bienes muebles organizados en colecciones y fondos, ante la necesidad de un reglamento que sea la plataforma que consolide su reconocimiento y que establezca sus misiones, objetivos y su funcionamiento. Pero tambi茅n un reglamento que fije las definiciones de las diferentes tipolog铆as patrimoniales que custodia la 乐播传媒, incluidas sus cualidades y sus valores. Asimismo, este texto normativo define los deberes y obligaciones para con este patrimonio, los agentes activos que los han de hacer cumplir, las normas de gesti贸n, los criterios de actuaci贸n y los recursos necesarios para llevarlas a cabo.

Esta regulaci贸n responde al cumplimiento de las acciones del programa de gobierno. Con este documento se articula y regula la gesti贸n, la protecci贸n, la conservaci贸n, la difusi贸n y el fomento del patrimonio cultural, al tiempo que se integran tambi茅n otras propuestas que avancen en la necesaria implicaci贸n de la comunidad universitaria y de la sociedad, en la Universidad y en su entorno urbano. Este nace con la finalidad de fijar la normativa de un proyecto a medio plazo que busque v铆nculos duraderos para que la tutela de este patrimonio de incalculable valor se mantenga en el tiempo, articule las relaciones con otras instituciones en cuanto a la asistencia, pr茅stamos de obras, colaboraci贸n en exposiciones, entre otras iniciativas, y permita la sensibilizaci贸n de la sociedad en la protecci贸n y conservaci贸n del patrimonio, que van m谩s all谩 de las diferentes acciones llevadas a cabo y que deben aglutinarse en este presente y necesario Reglamento.

T脥TULO PRELIMINAR

Disposiciones generales

CAP脥TULO I

Objeto y 谩mbito de aplicaci贸n

Art铆culo 1. Objeto.

1. El presente Reglamento tiene por objeto establecer el r茅gimen jur铆dico para la gesti贸n por parte de la 乐播传媒 de su patrimonio cultural, de la que es titular en propiedad o tenedora por cualquier t铆tulo, en orden a garantizar, de forma coordinada con las restantes instituciones p煤blicas competentes con los 贸rganos de gobierno legalmente competentes en la materia, su tutela, conservaci贸n y difusi贸n, su uso en la actividad investigadora de la Universidad, la promoci贸n de su enriquecimiento, el favorecimiento de su goce y el disfrute por la comunidad universitaria y la sociedad, as铆 como su transmisi贸n a las generaciones futuras.

2. Se entiende por patrimonio cultural, en el marco del presente reglamento, el patrimonio hist贸rico mueble, inmueble, arqueol贸gico, etnol贸gico, industrial, documental y bibliogr谩fico de la 乐播传媒.

3. En particular, el presente reglamento regula la gesti贸n, conservaci贸n, restauraci贸n, fomento y difusi贸n del patrimonio cultural de la 乐播传媒, con respeto de la regulaci贸n establecida en Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Hist贸rico Espa帽ol; la Ley 14/2007 de 26 de noviembre, de Patrimonio Hist贸rico de Andaluc铆a, en el Estatuto de la 乐播传媒, en el Reglamento General de R茅gimen Econ贸mico y Presupuestario de esta Universidad y en las restantes normas que sean de aplicaci贸n.

Art铆culo 2. 脕mbito de aplicaci贸n.

1. El presente Reglamento ser谩 de aplicaci贸n al patrimonio hist贸rico, material e inmaterial, de la 乐播传媒.

2. El patrimonio cultural de la 乐播传媒 est谩 integrado por aquellos bienes de naturaleza tanto inmaterial como material -ya sean de car谩cter mueble o inmueble- de los que la 乐播传媒 ostenta su titularidad o se halla en posesi贸n en virtud de cualquier t铆tulo que se caracterice por constituir un testimonio destacado de la creaci贸n humana o de la biodiversidad y est谩n dotados por ello de valor hist贸rico, art铆stico, arqueol贸gico, documental o bibliogr谩fico, etnogr谩fico, paleontol贸gico, cient铆fico, t茅cnico, o industrial. En particular:

a) El patrimonio inmaterial de la 乐播传媒 incluye todas aquellas pr谩cticas, tradiciones, expresiones, saberes o t茅cnicas que, generados en el pasado por la comunidad universitaria en el marco de la actividad que le es propia, han sido transmitidos en el tiempo hasta nuestros d铆as y constituyen a la vez un signo de su propia y singular identidad institucional y manifestaci贸n de su aportaci贸n cultural a la sociedad.

b) El patrimonio material mueble de la 乐播传媒 incluye todos aquellos objetos individuales o en conjunto, incluso constituyendo colecciones, que sean de valor hist贸rico, art铆stico, arqueol贸gico, documental o bibliogr谩fico, etnogr谩fico, paleontol贸gico, cient铆fico, t茅cnico o industrial.

c) El patrimonio hist贸rico inmueble es para la 乐播传媒 una de sus se帽as distintivas por su imbricaci贸n en el tejido urbano. En sus diferentes campus existen cincuenta y dos edificios, parques y jardines hist贸ricos, algunos de los cuales cuentan con diferentes niveles de catalogaci贸n, entre ellos algunos bienes de inter茅s cultural o forman parte de un entorno protegido.

Art铆culo 3. Afectaci贸n de los bienes.

1. Los bienes que constituyen el patrimonio cultural hist贸rico-art铆stico y cient铆fico-t茅cnico de car谩cter mueble y el patrimonio inmaterial de titularidad de la 乐播传媒 quedan afectos al servicio p煤blico que presta la 乐播传媒, adquiriendo car谩cter demanial conforme a los procedimientos previstos en las disposiciones vigentes, y, por tanto, la condici贸n de inalienables, imprescriptibles e inembargables, quedando, por tanto, sujetos al r茅gimen de uso y aprovechamiento propio de los bienes de dominio p煤blico. Quedan por ello afectos, sin perjuicio de su funci贸n universitaria espec铆fica, a las funciones previstas en el vigente Estatuto de la 乐播传媒 en sus apartados para la cultura y su promoci贸n cultural volcada a la comunidad universitaria y a la sociedad para mejorar su capacidad de anticipaci贸n a los cambios sociales, ideol贸gicos, culturales, cient铆ficos y tecnol贸gicos.

2. La disgregaci贸n o separaci贸n de los elementos de un conjunto de bienes o de una parte del patrimonio inmaterial que integre el patrimonio cultural hist贸rico-art铆stico o cient铆fico-t茅cnico de la 乐播传媒 ser谩 excepcional, se ajustar谩 a las disposiciones vigentes y necesitar谩 informe previo de la Comisi贸n de Patrimonio cultural de la 乐播传媒.

3. La Universidad, dentro de sus posibilidades presupuestarias, procurar谩 disponer de fondos para acrecentar y completar su Patrimonio cultural.

Art铆culo 4. Principios para la gesti贸n de los bienes.

Las actuaciones de gesti贸n que corresponden a los 贸rganos responsables determinados en el presente Reglamento habr谩n de responder, entre otros, a los siguientes principios rectores:

a) La coordinaci贸n y colaboraci贸n efectivas con las Administraciones P煤blicas competentes en materia de patrimonio cultural en el cumplimiento de la legislaci贸n sectorial vigente.

b) La coordinaci贸n interna en la gesti贸n, protecci贸n, conservaci贸n, restauraci贸n y difusi贸n del patrimonio cultural de la 乐播传媒.

c) La preservaci贸n y transmisi贸n de los bienes que integran dicho patrimonio y de sus valores culturales como signo de identidad de la instituci贸n universitaria y de su historia.

d) El fomento del uso y aprovechamiento de los bienes que integran el patrimonio cultural, cuando sus condiciones de conservaci贸n lo permitan, en la funci贸n docente, investigadora y cultural, como objeto de ellas y como medio para su desarrollo.

e) La garant铆a de la accesibilidad al patrimonio cultural universitario para la comunidad universitaria y para el conjunto de la sociedad.

f) La contribuci贸n del patrimonio universitario como instrumento de transformaci贸n social y desarrollo sostenible.

CAP脥TULO II

Organizaci贸n y funcionamiento del sistema de patrimonio cultural de la 乐播传媒

厂别肠肠颈贸苍 1.陋 脫rganos responsables en materia de patrimonio cultural

Art铆culo 5. 脫rganos responsables.

1. Con independencia de las competencias que en materia de gesti贸n patrimonial est谩n conferidas legalmente a los distintos 贸rganos universitarios y auton贸micos, tendr谩n competencia en la gesti贸n de bienes que constituyen el patrimonio cultural de la 乐播传媒:

a) El rector.

b) El 贸rgano unipersonal general de gobierno de la Universidad responsable en materia de gesti贸n del patrimonio cultural.

c) El gerente.

d) Los 贸rganos unipersonales generales de gobierno de la Universidad responsable en materia de Espacio Universitario, en relaci贸n con los inmuebles universitarios.

e) El secretario general en relaci贸n con el Archivo Universitario.

f) El 贸rgano unipersonal general del gobierno de la Universidad del que dependa la Biblioteca Universitaria.

2. Son 贸rganos colegiados responsables en materia de gesti贸n de patrimonio cultural:

a) El Consejo de Gobierno, en el 谩mbito de sus funciones.

b) La comisi贸n de patrimonio cultural de la 乐播传媒.

3. Existir谩 un Servicio de Patrimonio cultural, que contar谩 de una unidad de gesti贸n del patrimonio y de un 鈥淟aboratorio de patrimonio cultural鈥 que permita la preservaci贸n y la conservaci贸n de los bienes que integren este patrimonio universitario y no se gestionen por otros 贸rganos unipersonales generales de gobierno, con objeto del desarrollo de la gesti贸n en las distintas 谩reas y, entre otras actividades, la adquisici贸n, catalogaci贸n, autorizaciones, cesi贸n, uso, conservaci贸n y difusi贸n de estos bienes.

4. El Laboratorio de patrimonio cultural es un instrumento de docencia e investigaci贸n al servicio de los profesores e investigadores de la 乐播传媒. Esta unidad contar谩 con la infraestructura adecuada para servir de Sala de dep贸sito; con un taller de documentaci贸n y conservaci贸n de las piezas cuya gesti贸n depende de 茅l, as铆 como de restauraci贸n de las que lo necesiten. Tambi茅n contar谩 con una sala de estudio de las piezas. Su infraestructura estar谩 a disposici贸n de los investigadores que as铆 lo soliciten con las condiciones de uso que se establezcan por parte del 贸rgano responsable de su gesti贸n, y pudiendo exigirse, en su caso, el pago de los precios p煤blicos contemplados en los presupuestos de la 乐播传媒 vigentes por los servicios que se presten.

El Laboratorio de patrimonio cultural de la 乐播传媒 podr谩 colaborar con la docencia en las titulaciones oficiales relacionadas con el objeto de su actividad y los t茅rminos que el 贸rgano unipersonal general de gobierno del que dependa su gesti贸n establezca, siendo responsable el profesor solicitante de los estudiantes que accedan a dicho Laboratorio.

5. El Museo Universitario se configura como el espacio expositivo para mostrar y poner en valor ante la comunidad universitaria y la sociedad en general los bienes culturales que posee la Universidad, acompa帽ados de su correspondiente informaci贸n y registro.

6. Las colecciones son conjuntos de bienes, constituidos por materiales, objetos y obras, incorporadas a la Universidad en el desarrollo de sus funciones propias a lo largo del tiempo.

7. El Museo y las colecciones universitarias se regir谩n por sus respectivas normativas espec铆ficas.

Art铆culo 6. 脫rganos y unidades administrativas colaboradores en materia de patrimonio cultural.

Tendr谩n la condici贸n de 贸rganos y unidades administrativas colaboradores en materia de patrimonio cultural aquellos que, no contando con competencias espec铆ficas en el 谩mbito de aplicaci贸n de este Reglamento, ejerzan otras relacionadas con esta gesti贸n y, por ello, se encuentren llamados a colaborar con los 贸rganos generales responsables de la gesti贸n del patrimonio cultural garantizando el cumplimiento del presente Reglamento. Dentro de esta categor铆a de 贸rganos han de destacarse cuantos siguen, sin perjuicio de que otros puedan entenderse igualmente incluidos:

a) Los decanos y directores de escuela.

b) Los directores de Departamento, especialmente en los casos en que un Departamento es depositario de colecciones o concretos bienes integrantes del patrimonio cultural universitario.

c) Los administradores de los centros universitarios.

d) Las 谩reas, servicios, unidades o negociados espec铆ficos que tengan atribuidas competencias en materia de seguridad, mantenimiento o limpieza.

Art铆culo 7. 脫rganos t茅cnicos especializados.

1. En calidad de 贸rganos especializados podr谩n asumir por delegaci贸n del Rector funciones espec铆ficas en materia de patrimonio cultural, al margen de las que les corresponden de modo ordinario y en relaci贸n con los concretos bienes pertenecientes a su 谩mbito cotidiano de gesti贸n, los siguientes 贸rganos:

a) La Secretar铆a General, en lo que afecta a las competencias en materia de gesti贸n de los bienes documentales.

b) La direcci贸n del Museo Universitario, en lo que afecta a las concretas competencias en la gesti贸n de las obras que lo integren, para el que establecer谩 una normativa espec铆fica.

c) La direcci贸n de la Biblioteca Universitaria, en lo que afecta a concretas competencias en la gesti贸n de los bienes bibliogr谩ficos.

d) La direcci贸n de la Fototeca del Laboratorio de Arte de la 乐播传媒 en relaci贸n con los fondos fotogr谩ficos que las integran, para el que se establecer谩 una normativa espec铆fica.

e) Las direcciones de las Colecciones Universitarias en relaci贸n con los bienes que las integren, para los que se establecer谩 una normativa espec铆fica.

2. La direcci贸n del Museo Universitario, del Laboratorio de Patrimonio Cultural, de la Fototeca del Laboratorio de Arte de la 乐播传媒 y de las restantes Colecciones Universitarias ser谩n nombradas por el rector a propuesta del 贸rgano unipersonal general de gobierno de la Universidad responsable en materia de gesti贸n del patrimonio cultural.

厂别肠肠颈贸苍 2.陋 La comisi贸n de patrimonio cultural

Art铆culo 8. Definici贸n.

La comisi贸n de patrimonio cultural es el 贸rgano asesor en materia de gesti贸n del patrimonio cultural de la 乐播传媒 y, en particular, en relaci贸n con sobre las decisiones, directrices, protocolos, procedimientos que se hayan de adoptar en materia de patrimonio cultural.

Art铆culo 9. Componentes.

1. La comisi贸n de patrimonio cultural estar谩 integrada por:

a) El rector, que la preside.

b) El secretario general, que actuar谩 como Secretario.

c) El 贸rgano unipersonal general de gobierno de la Universidad responsable en materia de gesti贸n del patrimonio cultural.

d) El gerente.

e) El 贸rgano unipersonal general de gobierno de la Universidad al que corresponda la gesti贸n en materia de Espacio Universitario.

f) El 贸rgano unipersonal general de gobierno de la Universidad del que dependa la Biblioteca Universitaria.

g) Los vicegerentes y directores de Secretariado con competencia en materia de patrimonio y espacio universitario.

h) Los jefes de Servicio de Cultura, de patrimonio cultural y de Infraestructuras.

i) El director de la Biblioteca Universitaria.

j) La persona que dirija el Archivo Universitario.

k) El director del Museo Universitario.

l) Cinco expertos en patrimonio, provenientes de cada una de las cinco ramas de conocimiento, que formen parte del personal de la 乐播传媒 y que ser谩n nombrados por el Consejo de Gobierno.

m) Un m谩ximo de dos asesores externos, expertos en patrimonio cultural, que ser谩n nombrados por resoluci贸n rectoral y participar谩n en la comisi贸n con voz y sin voto.

2. La persona que dirija el Laboratorio de patrimonio cultural ser谩 invitada permanente a las sesiones que celebre la comisi贸n.

3. Los directores de las colecciones universitarias participar谩n, con voz y sin voto, en las sesiones que celebre la comisi贸n cuando los asuntos que se deban abordar afecten a las colecciones que dirigen.

4. El presidente de la comisi贸n podr谩 invitar, con voz y sin voto, a otros expertos en materia de patrimonio cultural cuando as铆 lo requieran los asuntos que la comisi贸n deba tratar.

Art铆culo 10. Funciones.

Son funciones de la Comisi贸n de patrimonio cultural de la 乐播传媒 las siguientes:

1. Aprobar la propuesta de Plan Integral de patrimonio cultural de la 乐播传媒 para su elevaci贸n a Consejo de Gobierno.

2. Emitir recomendaciones en relaci贸n con la pol铆tica de adquisiciones de nuevos bienes para el patrimonio cultural de la 乐播传媒 y, en particular, sobre los criterios de calidad e inter茅s que deban reunir las piezas para ser incluidas en la colecci贸n de la 乐播传媒.

3. Informar sobre el Programa de conservaci贸n preventiva para el patrimonio mueble de la 乐播传媒.

4. Informar sobre las directrices relativas a las condiciones t茅cnicas requeridas para eventuales traslados y reubicaciones de bienes y para la conservaci贸n preventiva de determinados bienes integrantes del patrimonio cultural de la 乐播传媒, con car谩cter previo a su publicaci贸n por el 贸rgano unipersonal general de gobierno responsable en materia de patrimonio cultural.

5. Recibir informaci贸n sobre las incorporaciones y bajas que se produzcan en el patrimonio cultural de la 乐播传媒.

6. Cualquiera otra que le asigne el presente Reglamento o la normativa universitaria.

厂别肠肠颈贸苍 3.陋 Funciones en materia de patrimonio cultural

Art铆culo 11. Funciones espec铆ficas en relaci贸n con el patrimonio cultural.

Con respecto de las competencias legal y reglamentariamente atribuidas a otros 贸rganos, Corresponden a los 贸rganos enumerados en el apartado 1 del art铆culo 5 del presente Reglamento las siguientes funciones espec铆ficas en relaci贸n con el patrimonio cultural:

a) Impulsar la colaboraci贸n entre los diversos 贸rganos implicados en la gesti贸n de bienes integrantes del patrimonio cultural de la 乐播传媒 a efectos de la elaboraci贸n y actualizaci贸n del Inventario del Patrimonio Cultural.

b) Impulsar, en el marco del Inventario general de bienes de la 乐播传媒, cuya elaboraci贸n corresponde al gerente de la Universidad, la elaboraci贸n progresiva del Inventario del patrimonio cultural de la 乐播传媒 y de un sistema de gesti贸n asociado a este inventario que facilite tanto una recopilaci贸n exhaustiva de la informaci贸n sobre cada bien como, en la medida en que resulte compatible con su seguridad y conservaci贸n, su accesibilidad a la comunidad universitaria y a la sociedad.

c) Colaborar con el gerente para la plena incorporaci贸n de los bienes culturales en el Inventario general de la 乐播传媒.

d) Impulsar la elaboraci贸n progresiva del Inventario del patrimonio cultural de la 乐播传媒 y de un sistema de gesti贸n asociado a este inventario que facilite tanto una recopilaci贸n exhaustiva de la informaci贸n sobre cada bien como, en la medida en que resulte compatible con su seguridad y conservaci贸n, su accesibilidad a la comunidad universitaria y a la sociedad.

e) Impulsar el estudio y registro del patrimonio cultural de la Universidad.

f) Coordinar e impulsar sistemas de etiquetado y se帽al茅tica que permita identificar adecuadamente los bienes incluidos en el Inventario del patrimonio cultural de la Universidad, con el fin de facilitar que los 贸rganos colaboradores act煤en de acuerdo con el r茅gimen jur铆dico que sea de aplicaci贸n a la gesti贸n de esos bienes.

g) Coordinar y promover las pol铆ticas de conservaci贸n preventiva del patrimonio cultural.

h) Impulsar la planificaci贸n y el desarrollo de la programaci贸n de las intervenciones necesarias para la restauraci贸n de los bienes culturales muebles e inmuebles de la Universidad.

i) Favorecer la coordinaci贸n con los servicios competentes en la gesti贸n general del patrimonio cultural de la Universidad, procurando cauces de comunicaci贸n, difusi贸n y f贸rmulas de armonizaci贸n para la gesti贸n cotidiana.

j) Impulsar las actividades de difusi贸n del patrimonio cultural material e inmaterial universitario.

k) Proponer la creaci贸n, modificaci贸n y supresi贸n de museos que pudieran albergar las colecciones actuales y futuras del patrimonio de la Universidad.

l) Asesorar sobre los programas de investigaci贸n que se pudieran desarrollar en el 谩mbito del patrimonio cultural de la Universidad.

m) Todas aquellas otras que se les asigne en el presente Reglamento y en la normativa que sea de aplicaci贸n.

T脥TULO I

Normas aplicables a la gesti贸n de los bienes

CAP脥TULO I

Adquisici贸n y catalogaci贸n

Art铆culo 12. Pol铆tica de adquisiciones.

1. La 乐播传媒 podr谩 adquirir bienes destinados a integrarse en su patrimonio cultural o derechos sobre estos a trav茅s de cualquiera de los modos previstos en el ordenamiento jur铆dico y con respeto de las disposiciones universitarias que regulan los procedimientos establecidos al efecto e identifican los 贸rganos universitarios competentes para su formalizaci贸n.

2. En todo caso, sea su adquisici贸n gratuita u onerosa y haya sido propuesta de oficio o a instancia de terceros, esta ha de ir precedida por un informe del 贸rgano unipersonal general de gobierno responsable en materia de patrimonio cultural acerca del inter茅s cultural del bien o bienes afectados, en el que ha de valorarse razonadamente la oportunidad de la adquisici贸n en atenci贸n a criterios t茅cnicos especializados. A tal fin, el 贸rgano informante podr谩 recabar el parecer del 贸rgano especializado competente en raz贸n de la materia. En la emisi贸n de este informe se seguir谩n los criterios relativos a la calidad e inter茅s que deban reunir las piezas para ser incluidas en la colecci贸n de la 乐播传媒 que haya acordado la Comisi贸n de Patrimonio Cultural.

3. Los bienes adquiridos deber谩n ser inventariados conforme a las normas de gesti贸n econ贸mica aplicables en la Universidad, debiendo incorporarse al expediente, junto con el resto de la documentaci贸n, un documento espec铆fico que recoja la valoraci贸n de la oportunidad de toda nueva adquisici贸n y las caracter铆sticas t茅cnicas y art铆sticas de la pieza, para la inclusi贸n de dicha pieza en el cat谩logo razonado.

4. Cualquiera que sea el t铆tulo de adquisici贸n de una obra, siempre que sea posible, se incluir谩 expresamente ya sea en el documento de adquisici贸n ya en las bases de los concursos art铆sticos organizados por la 乐播传媒 en los que se establezca la adquisici贸n en propiedad por esta de la pieza ganadora, la totalidad de derechos de explotaci贸n econ贸mica (reproducci贸n, distribuci贸n, comunicaci贸n p煤blica y transformaci贸n) necesarios para su inclusi贸n en publicaciones f铆sicas o virtuales, respet谩ndose en todo caso de forma escrupulosa los derechos morales del autor.

5. La adquisici贸n a t铆tulo lucrativo se regir谩 por la legislaci贸n patrimonial aplicable y requerir谩, en todo caso, la aceptaci贸n expresa del Sr. Rector, siendo la tramitaci贸n del expediente patrimonial competencia al 脕rea de Contrataci贸n y Patrimonio. Con car谩cter general, la donaci贸n que se ofrezca deber谩 ser pura, sin condiciones, modo o contraprestaci贸n; y sobre los bienes ofrecidos no debe existir ninguna carga o gravamen.

Cuando una herencia, legado o donaci贸n lleve aparejados gastos o bien est茅 sometida a condici贸n o modo oneroso, s贸lo podr谩 aceptarse si el valor del gravamen impuesto no excede del valor de lo que se adquiere seg煤n tasaci贸n pericial. En otro caso, s贸lo podr谩n aceptarse si concurren razones de inter茅s p煤blico debidamente justificadas.

Si un bien se adquiere bajo la condici贸n de su afectaci贸n permanente a determinado destino, se entender谩 que dicha condici贸n ha sido cumplida y consumada tras haber servido a dicho destino durante treinta a帽os, aunque luego dejare de hacerlo por circunstancias sobrevenidas de inter茅s p煤blico, salvo que una disposici贸n legal o el t铆tulo de cesi贸n dispongan un plazo diferente.

6. La adquisici贸n a t铆tulo oneroso de bienes susceptibles de ser incorporados al Patrimonio cultural de la Universidad se realizar谩 conforme a las normas de gesti贸n del gasto y las restantes normas que sean de aplicaci贸n.

7. Las obras ganadoras de concursos de creaci贸n art铆stica convocados por la 乐播传媒 que as铆 lo especifiquen en sus bases, pasar谩n a ser propiedad de la 乐播传媒 y a formar parte de su colecci贸n. La calidad e inter茅s de las piezas ganadoras necesarias para ser incluidas en la colecci贸n universitaria deber谩 ser expresamente acreditada por los miembros del jurado en el Acta.

8. En relaci贸n con las obras presentadas a los concursos de creaci贸n art铆stica convocados por la 乐播传媒 que no sean retiradas por sus autores en el plazo que pueda establecer la convocatoria de cada concurso, se estar谩 a lo dispuesto en esta.

Art铆culo 13. Inventario de patrimonio cultural de la 乐播传媒.

1. El Inventario del patrimonio cultural contendr谩 todos los bienes contemplados en el art铆culo 2 del presente Reglamento y se elaborar谩 y llevar谩 al d铆a bajo la supervisi贸n general del Gerente y la coordinaci贸n del 贸rgano unipersonal general de gobierno de la Universidad responsable en materia de patrimonio cultural, que determinar谩 su estructura de campos y datos, dejando constancia, en todo caso, de las altas y bajas de bienes que se produzcan, de los datos que permitan identificar adecuadamente la pieza y su ubicaci贸n, as铆 como de las eventuales cesiones temporales y la correspondiente devoluci贸n de los bienes.

2. El Inventario del patrimonio cultural estar谩 coordinado con el Inventario General que elabora la Gerencia, del que depende y se atendr谩 a la normativa reguladora del inventario que apruebe este 贸rgano.

3. Los 贸rganos responsables de la gesti贸n ordinaria de los bienes que integran el patrimonio cultural de la Universidad proporcionar谩n de modo actualizado al 贸rgano responsable de la elaboraci贸n del Inventario de patrimonio cultural la informaci贸n necesaria la elaboraci贸n y actualizaci贸n permanente del Inventario del patrimonio cultural, aport谩ndole la informaci贸n que se precise a tales efectos, de conformidad con los procedimientos de comunicaci贸n que el 贸rgano responsable de la elaboraci贸n del Inventario establezca.

4. El Inventario del patrimonio cultural se elaborar谩 sobre soporte inform谩tico, de modo que el cat谩logo razonado de los bienes sea accesible a investigadores y al p煤blico en general a trav茅s de publicaciones impresas o digitales.

5. Los 贸rganos responsables de la gesti贸n ordinaria de los bienes del patrimonio cultural podr谩n emplear otros sistemas de registro complementarios espec铆ficos a efectos de la adecuada gesti贸n de los bienes a su cargo, de los que informar谩 al 贸rgano responsable del Inventario del patrimonio cultural.

CAP脥TULO II

Cesiones de bienes y regulaci贸n del uso

Art铆culo 14. Cesi贸n temporal de bienes muebles a otras entidades.

1. La 乐播传媒 podr谩 conceder pr茅stamos temporales de las obras pertenecientes a su patrimonio cultural a entidades p煤blicas o privadas, nacionales o extranjeras, para formar parte de exposiciones temporales. Para valorar la oportunidad del pr茅stamo o dep贸sito se valorar谩 el estado de conservaci贸n de la pieza y la oportunidad de su exhibici贸n, as铆 como las medidas de seguridad y conservaci贸n del espacio en el que se pretende realizar la exposici贸n temporal. Su reproducci贸n en material impreso (cat谩logos, hojas de sala, carteler铆a) o digital (p谩ginas web) deber谩 contar igualmente con el permiso previo de la 乐播传媒.

2. Tambi茅n podr谩 autorizar cesiones temporales de bienes muebles por motivos de investigaci贸n y estudio y por per铆odos inferiores a un a帽o. Los dep贸sitos se har谩n en instalaciones muse铆sticas. Excepcionalmente se permitir谩 el dep贸sito en Instituciones no muse铆sticas de car谩cter estrictamente cultural o cient铆fico.

3. No se podr谩n realizar dep贸sitos ni comodatos de obras de arte y otros fondos muse铆sticos propiedad de la 乐播传媒 para fines distintos de los estrictamente culturales o cient铆ficos.

Art铆culo 15. Procedimiento de solicitud de cesi贸n temporal de bienes muebles a otras entidades.

1. Toda cesi贸n de bienes muebles integrantes del patrimonio cultural de la 乐播传媒 a otras instituciones ha de ser autorizada, con car谩cter ordinario, por el rector.

2. La solicitud de cesi贸n tramitar谩 a trav茅s del 贸rgano unipersonal general de gobierno responsable de la gesti贸n de los bienes solicitados, haciendo constar tanto el objeto de la cesi贸n como su duraci贸n y la informaci贸n relativa a las condiciones t茅cnicas de su traslado y de su ubicaci贸n de destino. La solicitud de pr茅stamo de bienes para su inclusi贸n en exposiciones temporales deber谩 cursarse con una antelaci贸n m铆nima de tres meses a la inauguraci贸n de la exposici贸n.

3. Las solicitudes de cesi贸n contar谩n con informe del gerente, del 贸rgano unipersonal general de gobierno responsable de la gesti贸n del patrimonio cultural, as铆 como del 贸rgano unipersonal general de gobierno responsable de la gesti贸n de esos bienes y del 贸rgano unipersonal general de gobierno responsable de la gesti贸n de los inmuebles cuando afecten a estos y se autorizar谩 mediante resoluci贸n rectoral en el plazo de un mes desde la presentaci贸n de la solicitud.

Art铆culo 16. Formalizaci贸n y r茅gimen jur铆dico de la cesi贸n temporal de bienes muebles a otras entidades.

1. Toda cesi贸n de bienes autorizada por la 乐播传媒 requerir谩 la formalizaci贸n, seg煤n su naturaleza, de un contrato de cesi贸n temporal, dep贸sito o comodato con la entidad o persona solicitante, en el que se dejar谩 constancia del objeto de la cesi贸n, su duraci贸n y todas las condiciones t茅cnicas y jur铆dicas por las que se rija esta, comprendida la aseguraci贸n de las obras, que fuera precisa a efectos de garantizar la seguridad y conservaci贸n de los bienes cedidos. El contrato que se firme entre la 乐播传媒 y la entidad beneficiaria de la cesi贸n deber谩 reflejar todas las condiciones expuestas en el presente art铆culo.

2. Los convenios que la 乐播传媒 suscriba con otras instituciones y que puedan dar cobertura a cesiones peri贸dicas de bienes afectados por este Reglamento, podr谩n disponer f贸rmulas simplificadas para la articulaci贸n de estas.

3. Los contratos de cesi贸n de obras de arte cuya titularidad corresponda a la 乐播传媒 celebrados con instituciones o entidades p煤blicas o privadas tendr谩n el car谩cter de contratos administrativos especiales y se regir谩n con sujeci贸n a lo dispuesto en la legislaci贸n de defensa del patrimonio hist贸rico-art铆stico, por las normas administrativas correspondientes a su especial naturaleza y, supletoriamente, por lo establecido sobre el dep贸sito o comodato en el C贸digo Civil.

4. A todo contrato de dep贸sito o comodato a que se refiere la presente disposici贸n deber谩n preceder los informes de los 贸rganos previstos en el ep铆grafe 3 del art铆culo 15 y la audiencia al director de la entidad solicitante del dep贸sito o comodato, en cuanto a su conveniencia y a las condiciones de conservaci贸n y medidas de seguridad de las instalaciones depositarias. Asimismo, podr谩 exigirse la formalizaci贸n de una p贸liza de seguros.

5. Las Instituciones que reciban los bienes deber谩n hacerse cargo de todos los gastos ocasionados por el contrato. En el momento de realizar la entrega se levantar谩 acta por duplicado en la que se har谩n constar las condiciones materiales en que se entrega la obra, los elementos accesorios que la acompa帽an y una descripci贸n detallada del material entregado incluyendo las reproducciones fotogr谩ficas necesarias.

6. Las obras cedidas deber谩n permanecer obligatoriamente expuestas al p煤blico en el lugar expresado en el contrato. Si el objeto de este fueran varias obras, se procurar谩 que 茅stas se exhiban reunidas en una o varias salas dedicadas al efecto, siempre que los fondos y la instalaci贸n del Museo o Instituci贸n lo permitan. En todo caso, deber谩 indicarse en lugar visible que se trata de un dep贸sito comodato de la 乐播传媒, figurando este mismo extremo en los carteles descriptivos de la propia obra.

7. Cualquier traslado de lugar, restauraci贸n, limpieza o manipulaci贸n de la obra por parte del depositario requerir谩 la previa autorizaci贸n del depositante. El incumplimiento de esta obligaci贸n podr谩 dar lugar a la inmediata resoluci贸n del contrato, sin perjuicio de la responsabilidad civil o penal que pudiera derivarse de aquellas actuaciones.

8. La restituci贸n por un tiempo limitado de las obras depositadas o dadas en comodato, cuando sean requeridas por la 乐播传媒, se entender谩n comprendidas en el 谩mbito del mismo contrato que haya generado la cesi贸n. La reintegraci贸n al cesionario de las obras temporalmente restituidas no requerir谩 la suscripci贸n de un nuevo contrato, sino acta complementaria del acta de entrega prevista en el ep铆grafe 5 de este art铆culo con id茅nticos requisitos que los se帽alados para aquella.

9. El cesionario de las obras incluidas en el 谩mbito del presente Reglamento est谩 obligado en todo caso a guardarlas y restituirlas a la 乐播传媒 cuando le sean pedidas por esta.

10. El contrato en el que se sustente la cesi贸n deber谩 suscribirse por un periodo m谩ximo de cinco a帽os, a la finalizaci贸n del cual el bien patrimonial deber谩 ser restituido a la Universidad, si no se hubiera acordado una pr贸rroga expresa por ambas partes y por un periodo no superior a otros cinco a帽os.

11. En el contrato deber谩n reflejarse las autorizaciones que la 乐播传媒 conceda a la entidad depositaria para realizar o comercializar reproducciones del bien patrimonial, y la compensaci贸n que la 乐播传媒 deba recibir por ello.

12. El 贸rgano unipersonal general de gobierno responsable en materia de patrimonio llevar谩 un Registro de cesiones donde se anoten de modo efectivo estas y sus condiciones, sin perjuicio de las anotaciones que sean pertinentes en el Inventario del patrimonio cultural y en otros sistemas inform谩ticos complementarios de gesti贸n.

13. La se帽al茅tica de las piezas cedidas habr谩 de recoger, en su lugar de ubicaci贸n original, el anuncio de su cesi贸n y destino temporal.

Art铆culo 17. Cesiones temporales de bienes muebles a la 乐播传媒.

1. La 乐播传媒 podr谩 aceptar en dep贸sito o comodato elementos patrimoniales de cualquier persona f铆sica o instituci贸n p煤blica o privada para su protecci贸n, conservaci贸n, difusi贸n e investigaci贸n.

2. Toda cesi贸n de bienes muebles integrantes del patrimonio cultural de otras instituciones a la 乐播传媒 ha de ser autorizada por el rector.

3. Con car谩cter previo a la aceptaci贸n de un dep贸sito o comodato, emitir谩n informe sobre este el 贸rgano unipersonal general de gobierno responsable del patrimonio cultural, acerca del valor e inter茅s del elemento patrimonial, su complementariedad con las colecciones existentes en la 乐播传媒, la adecuaci贸n del espacio al que ser谩 destinado, las condiciones de conservaci贸n y medidas de seguridad de las instalaciones en las que ser谩 ubicado y cualquier otra circunstancia que pueda considerarse pertinente. Asimismo, emitir谩n informe previo el Gerente y el 贸rgano unipersonal general de gobierno responsable de la gesti贸n de los inmuebles en el caso de que el bien cedido se ubique fuera de las instalaciones que dependen de los 贸rganos de gesti贸n del patrimonio cultural.

4. Toda cesi贸n de bienes a la 乐播传媒 requerir谩 la formalizaci贸n, seg煤n su naturaleza, de un contrato de cesi贸n temporal, dep贸sito o comodato con la entidad o persona cedente, en el que se dejar谩 constancia del objeto de la cesi贸n, su duraci贸n y todas las condiciones t茅cnicas y jur铆dicas por las que se rija esta, comprendida la aseguraci贸n de las obras, que fuera precisa a efectos de garantizar la seguridad y conservaci贸n de los bienes cedidos. El contrato que se firme entre la 乐播传媒 y la persona o entidad cedente deber谩 reflejar todas las condiciones expuestas en el presente art铆culo.

5. Los convenios que la 乐播传媒 suscriba con otras instituciones y que puedan dar cobertura a cesiones peri贸dicas de bienes afectados por este Reglamento, podr谩n disponer f贸rmulas simplificadas para la articulaci贸n de estas.

6. Los contratos de cesi贸n de obras de arte a la 乐播传媒 celebrados con personas o instituciones o entidades p煤blicas o privadas tendr谩n el car谩cter de contratos administrativos especiales y se regir谩n con sujeci贸n a lo dispuesto en la legislaci贸n de defensa del patrimonio hist贸rico-art铆stico, por las normas administrativas correspondientes a su especial naturaleza y, supletoriamente, por lo establecido sobre el dep贸sito o comodato en el C贸digo Civil.

7. El contrato que se firme entre la 乐播传媒 y la entidad depositaria deber谩 reflejar todas las condiciones expuestas en el presente art铆culo.

8. En el momento de realizar la entrega se levantar谩 acta por duplicado en la que se har谩n constar las condiciones materiales en que se entrega la obra, los elementos accesorios que la acompa帽an y una descripci贸n detallada del material entregado incluyendo las reproducciones fotogr谩ficas necesarias.

9. El 贸rgano unipersonal general de gobierno responsable del patrimonio cultural ser谩 responsable de velar, para que el dep贸sito se formalice adecuadamente en sus aspectos t茅cnicos, de modo que el contrato o convenio administrativo concrete con claridad las obligaciones de conservaci贸n y tutela adquiridas por la 乐播传媒, vigilando su efectivo cumplimiento durante la duraci贸n de la cesi贸n.

10. El 贸rgano unipersonal general de gobierno competente en materia de patrimonio anotar谩 en el Registro de cesiones descrito en el apartado 12 del art铆culo anterior las correspondientes a las obras cedidas a la 乐播传媒.

Art铆culo 18. Cambios de ubicaci贸n y traslados.

1. Toda reubicaci贸n o traslado de un bien mueble comprendido en el 谩mbito de aplicaci贸n de este Reglamento se efectuar谩, previo informe del gerente, del 贸rgano unipersonal general de gobierno responsable de la gesti贸n del patrimonio cultural, as铆 como del 贸rgano unipersonal general de gobierno responsable de la gesti贸n de esos bienes y del 贸rgano unipersonal general de gobierno responsable de la gesti贸n de los inmuebles cuando afecten a espacios que no dependan de los 贸rganos responsables del patrimonio cultural y se autorizar谩 mediante resoluci贸n rectoral.

2. Corresponde al 贸rgano unipersonal general de gobierno responsable en materia de patrimonio cultural aprobar y publicar, previo informe de la Comisi贸n de patrimonio cultural, unas directrices relativas a las condiciones t茅cnicas requeridas para eventuales traslados y reubicaciones de bienes, tanto dentro de la propia 乐播传媒 como fuera de la ella. Estas directrices, que habr谩n de hacerse p煤blicas, contemplar谩n los aspectos relativos a las condiciones t茅cnicas para el embalaje, eventual desmontaje y montaje, condiciones de seguridad y requisitos de aseguraci贸n de las obras, as铆 como criterios que habr谩n de ser tenidos en cuenta en relaci贸n con las condiciones ambientales y de seguridad exigibles a las ubicaciones de destino.

3. La persona u 贸rgano interesado en el traslado formular谩 la solicitud, haciendo constar los motivos que lo justifican, la ubicaci贸n propuesta como destino, su car谩cter definitivo o temporal y, en su caso, las condiciones en las que propone el traslado. En el supuesto de tratarse de una propuesta de ubicaci贸n temporal habr谩 de indicarse la duraci贸n prevista.

4. Las solicitudes se resolver谩n en el plazo de un mes desde su presentaci贸n, pudiendo emitirse de modo condicionado al efectivo cumplimiento de requerimientos fundamentados en la garant铆a de la seguridad y conservaci贸n del bien. Transcurrido dicho plazo sin que se haya resuelto expresamente la petici贸n y notificado dicha resoluci贸n al solicitante, se entender谩 desestimada la solicitud.

En todo caso, el 贸rgano unipersonal general de gobierno responsable en materia de patrimonio cultural, a trav茅s del 鈥淟aboratorio de patrimonio cultural鈥, ser谩 responsable de la supervisi贸n del traslado, as铆 como el efectivo cumplimiento en el 茅l de las directrices a las que se refiere el ep铆grafe 2 de este art铆culo.

5. En el caso de traslados realizados por motivos de urgencia por riesgo inminente de da帽o en los bienes o en las personas, bastar谩, para comenzar a operar el traslado, con efectuar una comunicaci贸n inmediata al 贸rgano unipersonal general de gobierno responsable en materia de patrimonio cultural. Este habr谩 de ordenar la personaci贸n de personal t茅cnico competente en el menor plazo de tiempo posible. En todo caso, el citado 贸rgano, en su caso junto con el 贸rgano unipersonal general de gobierno responsable de la gesti贸n de los inmuebles, podr谩 verificar la naturaleza de la emergencia, que ha de provenir de un hecho imprevisible y no planificado para que pueda operarse efectivamente este procedimiento especial, que deber谩 ajustarse a las instrucciones del Servicio de Prevenci贸n y Riesgos Laborales de esta Universidad.

6. El 贸rgano unipersonal general de gobierno responsable en materia de patrimonio cultural anotar谩 en el Inventario de patrimonio cultural los cambios de ubicaci贸n que se hayan producido en los bienes incluidos en el 谩mbito de aplicaci贸n de este Reglamento.

Art铆culo 19. Autorizaci贸n de usos.

1. Todo cambio de uso que pudiera afectar a los bienes muebles regulados por el presente Reglamento habr谩 de ser expresamente autorizado por el rector. No se autorizar谩 cualquier uso que resulte lesivo para la integridad del bien o incompatible con sus valores culturales.

2. Los centros, departamentos, institutos u 贸rganos de la 乐播传媒 interesados en el cambio de uso solicitar谩n al 贸rgano unipersonal general de gobierno responsable en materia de patrimonio cultural su intenci贸n de realizar el movimiento de la pieza. Tras dicha comunicaci贸n, el personal t茅cnico de la Servicio de patrimonio cultural emitir谩 un informe sobre el estado de conservaci贸n de la pieza; las medidas de transporte necesarias y las condiciones de sala del espacio en el que se pretenda ubicar.

3. Una vez autorizado el cambio de uso, el movimiento quedar谩 oportunamente documentado en la correspondiente acta de retirada, acta de traslado dentro del mismo centro o, en su caso, acta de recepci贸n de la pieza, firmada por un responsable del centro, departamento, instituto u 贸rgano universitario que la reciba y por un t茅cnico del Servicio de patrimonio cultural.

4. Conforme a la legislaci贸n vigente, los movimientos de Bienes de Inter茅s Cultural (BIC) y, en general, todos los bienes muebles inscritos en el Cat谩logo General del Patrimonio Hist贸rico Andaluz, deber谩n ser comunicados a la Comunidad Aut贸noma.

5. La autorizaci贸n de usos asignados a los bienes inmuebles comprendidos en el patrimonio cultural de la 乐播传媒 y los espacios en ellos contenidos se regir谩n por la correspondiente normativa universitaria conforme a lo establecido en las disposiciones vigentes. En todo caso, en el supuesto de espacios con presencia de bienes muebles afectados por el presente Reglamento, el Servicio de Patrimonio Cultural emitir谩 el informe previsto en el ep铆grafe 2 de este art铆culo, cuando se propongan eventuales cambios de uso.

Art铆culo 20. Derechos de explotaci贸n de los bienes pertenecientes al patrimonio cultural de la 乐播传媒.

1. La 乐播传媒 podr谩 autorizar la reproducci贸n de los bienes pertenecientes a su patrimonio cultural de cuyos derechos de explotaci贸n sea titular.

2. Con car谩cter general, y sin perjuicio de las tarifas que conforme a los presupuestos vigentes de la 乐播传媒 fuera preceptivo abonar, en el supuesto de autorizaci贸n a la reproducci贸n de bienes pertenecientes al patrimonio cultural de la 乐播传媒, se exigir谩 un n煤mero m铆nimo de ejemplares de los libros, revistas, carteles, folletos o material de otra 铆ndole editados, con destino a las Bibliotecas Universitarias.

3. Si la 乐播传媒 no contara con im谩genes de suficiente calidad de los bienes cuya reproducci贸n se solicite, podr谩 autorizar la toma de im谩genes de los estos, exigiendo siempre la entrega de copia de los archivos fotogr谩ficos para documentaci贸n de las piezas, o el pago de los servicios prestados para la realizaci贸n de estas fotograf铆as conforme a las tarifas y usos de las im谩genes solicitadas.

4. La 乐播传媒 respetar谩 los derechos de explotaci贸n que correspondan a los autores de obras pertenecientes a su patrimonio, as铆 como, en todo caso, los derechos morales de autor.

CAP脥TULO III

Conservaci贸n de bienes muebles e inmuebles

Art铆culo 21. Deber de conservaci贸n y modalidades de intervenci贸n.

1. La 乐播传媒 asume su deber de conservaci贸n sobre los bienes que integran su patrimonio cultural, definidos en el art铆culo 2 del presente Reglamento. A tal efecto, se compromete a impulsar las intervenciones que aquel precise para la preservaci贸n de sus valores, guardando la debida coordinaci贸n con las autoridades competentes, que ha de ser especialmente intensa en el caso de los bienes que cuenten con la condici贸n de Bien de Inter茅s Cultural a efectos de la mencionada Ley.

2. Se entender谩n, como modalidades de intervenci贸n practicables sobre el patrimonio cultural de la 乐播传媒, todas aquellas admitidas por la legislaci贸n especial vigente y, en concreto, las tendentes a garantizar su conservaci贸n, restauraci贸n y rehabilitaci贸n.

3. A efectos de la aplicaci贸n del presente Reglamento, se distinguir谩n dos tipos de intervenciones: las de conservaci贸n ordinaria, que comprender谩n aquellas actuaciones habituales requeridas por el mantenimiento peri贸dico de los bienes, y las de conservaci贸n extraordinaria, demandadas en circunstancias concretas para la preservaci贸n de los valores culturales y de su soporte material, como consecuencia de problemas de conservaci贸n que trasciendan del mero mantenimiento ordinario o de eventuales necesidades derivadas del uso del bien.

Art铆culo 22. Autorizaci贸n de las intervenciones sobre bienes muebles e inmuebles.

1. Cualquier propuesta de intervenci贸n sobre bienes incluidos en el 谩mbito de aplicaci贸n de este Reglamento que trascienda la mera conservaci贸n ordinaria de los bienes muebles e inmuebles integrantes del patrimonio cultural de la 乐播传媒 o cedidos por otras instituciones requerir谩 de la autorizaci贸n conjunta de los 贸rganos de gobierno unipersonales generales responsable de la gesti贸n del patrimonio cultural previstos en el apartado 1 del art铆culo 5 de este Reglamento.

2. El 贸rgano de gobierno unipersonal general responsable en materia de patrimonio cultural ser谩 responsable ante los 贸rganos competentes de la Administraci贸n auton贸mica del adecuado cumplimiento de los deberes de comunicaci贸n y, en su caso, sometimiento a autorizaci贸n preceptiva que se derivan, respectivamente, de los art铆culos 33 y 43 de la Ley del Patrimonio Hist贸rico de Andaluc铆a para los Bienes de Inter茅s Cultural y dem谩s bienes incluidos en el Cat谩logo General del Patrimonio Hist贸rico Andaluz.

3. Las intervenciones de conservaci贸n ordinaria que no afecten a inmuebles pueden ser ejecutadas directamente a cargo de los 贸rganos especializados, sin necesidad de comunicaci贸n previa o supervisi贸n. A tal efecto, el 贸rgano de gobierno unipersonal general responsable en materia de patrimonio cultural podr谩 dictar protocolos t茅cnicos que rijan dichas intervenciones y que deber谩n haber sido previamente acordados con el 贸rgano especializado.

Art铆culo 23. Seguimiento de las intervenciones sobre bienes muebles e inmuebles.

1. Corresponden al 贸rgano de gobierno unipersonal general responsable en materia de patrimonio cultural las siguientes funciones de seguimiento de las intervenciones relativas a bienes muebles:

a) Valorar si la intervenci贸n propuesta requiere el cumplimiento del deber de comunicaci贸n previa o, en su caso, de solicitud de autorizaci贸n preceptiva contemplados en la Ley del Patrimonio Hist贸rico de Andaluc铆a por parte del Rectorado y, en su caso, impulsar su efectivo cumplimiento.

b) Garantizar un control previo de los proyectos de intervenci贸n. A tal efecto, entre otras actuaciones, efectuar la revisi贸n y propuesta de modificaci贸n tras dicho control previo o participar en la redacci贸n de pliegos de condiciones t茅cnicas, en el caso de que las intervenciones que se propongan deban someterse a contrataci贸n. En el desarrollo de esta funci贸n, por cuanto afecta a los bienes muebles, ser谩n tenidas en cuenta como referencia las Directrices de conservaci贸n contempladas el art铆culo 24.2 del presente Reglamento.

c) Garantizar el seguimiento e inspecci贸n de la ejecuci贸n de los proyectos.

d) Supervisar los informes finales de intervenci贸n y participar activamente en el tr谩mite de recepci贸n de las obras.

2. Corresponden al 贸rgano de gobierno unipersonal general responsable en materia de espacio universitario las siguientes funciones de seguimiento de las intervenciones relativas a inmuebles, de cuya gesti贸n informar谩 al 贸rgano de gobierno unipersonal general responsable en materia de patrimonio cultural:

a) Valorar si la intervenci贸n propuesta requiere el cumplimiento del deber de comunicaci贸n previa o, en su caso, de solicitud de autorizaci贸n preceptiva contemplados en la Ley del Patrimonio Hist贸rico de Andaluc铆a por parte del Rectorado y, en su caso, impulsar su efectivo cumplimiento.

b) Garantizar un control previo de los proyectos de intervenci贸n. A tal efecto, entre otras actuaciones, efectuar la revisi贸n y propuesta de modificaci贸n tras dicho control previo o participar, previo informe del 贸rgano de gobierno unipersonal general responsable en materia de patrimonio cultural, en la redacci贸n de pliegos de condiciones t茅cnicas, en el caso de que las intervenciones que se propongan deban someterse a contrataci贸n.

c) Garantizar el seguimiento e inspecci贸n de la ejecuci贸n de los proyectos.

d) Supervisar los informes finales de intervenci贸n y participar activamente en el tr谩mite de recepci贸n de las obras.

Art铆culo 24. Criterios de intervenci贸n.

1. En el ejercicio de sus competencias y, en particular, en la propuesta y supervisi贸n de proyectos de intervenci贸n, el 贸rgano de gobierno unipersonal general responsable en materia de patrimonio cultural, de modo conjunto con el 贸rgano de gobierno unipersonal general responsable en materia de espacio universitario y bajo la coordinaci贸n de este, en el caso de los inmuebles, velar谩 por el obligado cumplimiento de los criterios de intervenci贸n previstos en el art铆culo 20 de la Ley del Patrimonio Hist贸rico de Andaluc铆a.

2. En relaci贸n con la intervenci贸n en bienes muebles, el 贸rgano de gobierno unipersonal general responsable en materia de patrimonio cultural podr谩 aprobar Directrices de conservaci贸n singulares para concretas modalidades de bienes. En estas operar谩, con respeto a los criterios previstos en la Ley del Patrimonio Hist贸rico de Andaluc铆a, el desarrollo y concreci贸n de principios y criterios metodol贸gicos capaces de atender a las especificidades t茅cnicas que revista la adecuada conservaci贸n de los distintos tipos de bienes muebles, dada su amplia variedad. Las Directrices de conservaci贸n resultantes ser谩n publicadas y habr谩n de ser tenidas en cuenta como documento de referencia en el dise帽o y ejecuci贸n de los proyectos que se propongan.

3. La realizaci贸n de cualquier intervenci贸n en un Bien de Inter茅s Cultural mueble o inmueble, as铆 como de cualquier bien incluido en el Inventario General de Bienes Muebles del Patrimonio Hist贸rico Espa帽ol o en el Cat谩logo General de Patrimonio Hist贸rico Andaluz requerir谩 la redacci贸n previa del correspondiente Proyecto de Conservaci贸n, redactado conforme a la legislaci贸n vigente aplicable, as铆 como su elevaci贸n al 贸rgano competente de la Comunidad Aut贸noma para la autorizaci贸n previa de dicha intervenci贸n. Toda intervenci贸n deber谩 conllevar la redacci贸n de una memoria final de intervenci贸n, redactada conforme a los criterios cient铆ficos y legales vigentes, que identifique el bien intervenido, su estado anterior y posterior a la intervenci贸n, y todos los tratamientos realizados y materiales utilizados, y que incluya las conclusiones extra铆das del estudio, las recomendaciones para la conservaci贸n y cuidado del bien, y la identificaci贸n completa del equipo t茅cnico que haya intervenido en la realizaci贸n del proyecto.

Art铆culo 25. Conservaci贸n preventiva.

1. La conservaci贸n preventiva, que se plantea como estrategia de identificaci贸n, detecci贸n y control de los factores de deterioro de los bienes culturales, con el fin de minimizar sus efectos en los estos, consiste en una actuaci贸n continuada en el entorno de los bienes para evitar, en la medida de lo posible, la intervenci贸n directa sobre ellos. La 乐播传媒 atender谩 la adecuada conservaci贸n de su patrimonio cultural, dentro de sus posibilidades presupuestarias.

2. El 贸rgano de gobierno unipersonal general responsable en materia de patrimonio cultural podr谩 preparar un Programa de conservaci贸n preventiva para el patrimonio mueble de la 乐播传媒, siguiendo los modelos organizativos, m茅todos de trabajo, criterios de actuaci贸n y protocolos o herramientas de gesti贸n contemplados en el Plan Nacional de Conservaci贸n Preventiva, elaborado por el Ministerio de Cultura y Deporte. Este Programa tendr谩 car谩cter bienal y velar谩 por establecer las medidas y controles peri贸dicos necesarios sobre los bienes muebles afectados por el presente Reglamento a los efectos de evitar su deterioro y prevenir la necesidad de intervenciones de mayor calado.

3. Sin perjuicio de la elaboraci贸n del Programa de Conservaci贸n Preventiva al que hace referencia el ep铆grafe anterior, los espacios cuya titularidad corresponda a la 乐播传媒 y en los que se desarrollen actividades por parte de entidades ajenas a la Universidad, deber谩n contar con un responsable de cierre del edificio, que necesariamente deber谩 ser personal de la 乐播传媒, y que dispondr谩 de la totalidad de llaves del espacio. En el supuesto de espacios en los que se desarrollen actos que empleen velas como iluminaci贸n el uso de estas deber谩 estar previamente autorizado por la Universidad, que tendr谩 en cuenta tanto la distancia de seguridad necesaria con los bienes pertenecientes al patrimonio cultural de la Universidad como el volumen de humo que generen. En todo caso, no podr谩 permanecer encendida ninguna vela cuando el recinto est茅 cerrado y sin personas responsables en el interior.

4. Ning煤n personal ajeno a la 乐播传媒 podr谩 mover, tocar o intervenir de forma alguna ninguna pieza perteneciente a la 乐播传媒, sin el permiso previo y expreso de los 贸rganos unipersonales generales de gobierno responsables de la gesti贸n del patrimonio cultural.

CAP脥TULO IV

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Art铆culo 26. R茅gimen de visitas p煤blicas y acceso de investigadores e investigadoras.

1. La 乐播传媒, a trav茅s de los 贸rganos unipersonales generales de gobierno responsables de la gesti贸n del patrimonio cultural y del espacio universitario, velar谩 por el cumplimiento efectivo del deber de visita p煤blica que el art铆culo 14 de la Ley del Patrimonio Hist贸rico de Andaluc铆a impone a la 乐播传媒 en lo que afecta a los Bienes de Inter茅s Cultural, en adecuado equilibrio y compatibilidad con el normal desarrollo de actividad docente e investigadora propia de la instituci贸n.

2. Dentro de dicho marco de compatibilidad, ser谩 un objetivo para impulsar el desarrollo del acceso p煤blico al patrimonio cultural de la 乐播传媒. A tal fin, desde la efectiva coordinaci贸n con los 贸rganos especializados y 贸rganos colaboradores implicados, se favorecer谩n f贸rmulas que permitan la asistencia guiada a los bienes inmuebles y muebles, as铆 como la propuesta de programas peri贸dicos de visitas guiadas a las sedes hist贸ricas de la 乐播传媒, sus colecciones y otros espacios especialmente dotados en bienes muebles integrantes de dicho patrimonio.

3. Las visitas a las que se refiere el ep铆grafe anterior estar谩n sujetas al pago de los precios p煤blicos contemplados en los presupuestos de la 乐播传媒. El acceso de visitas guiadas en grupo a los espacios de inter茅s cultural de la Universidad requerir谩 la previa autorizaci贸n del rector.

4. El acceso de investigadores al patrimonio cultural de la 乐播传媒 tendr谩 car谩cter cualificado y preferente. Sin perjuicio del cumplimiento del deber de facilitar el acceso a los investigadores e investigadoras que cuenten con la acreditaci贸n prevista en el art铆culo 14.2 de la Ley del Patrimonio Hist贸rico de Andaluc铆a, la 乐播传媒, a trav茅s del Laboratorio de Patrimonio cultural o, con respecto a los bienes que efectivamente gestionen, de los correspondientes 贸rganos responsables, atender谩 las solicitudes, debidamente razonadas y fundadas, que a tal fin reciba de investigadores e investigadoras de la 乐播传媒 o de otros centros de investigaci贸n.

Art铆culo 27. Otras acciones de difusi贸n: Programas educativos, formaci贸n y talleres divulgativos.

1. La 乐播传媒 y, en particular, los 贸rganos responsables dispuestos por el presente Reglamento, bajo la coordinaci贸n del 贸rgano de gobierno unipersonal general responsable en materia de patrimonio cultural, favorecer谩n la articulaci贸n de programas educativos ligados al patrimonio cultural de la 乐播传媒 orientados a diferentes tipos de p煤blico, tanto dentro como fuera de la comunidad universitaria. A tales efectos, se favorecer谩 la firma de convenios y acciones conjuntas con otros centros de ense帽anza, impulsando la difusi贸n de este patrimonio entre los diversos niveles educativos.

2. Tambi茅n se potenciar谩 la organizaci贸n de talleres, a trav茅s del Plan Educa-US, que permitan contemplar y conocer los procesos de conservaci贸n y restauraci贸n emprendidos sobre aquel, siempre que ello sea posible, con el objeto de difundir la labor de la 乐播传媒 en este apartado y de estimular el inter茅s por las t茅cnicas, oficios y profesiones implicadas.

3. Los 贸rganos responsables de la aplicaci贸n de este Reglamento colaborar谩n con los centros y equipos docentes de las diversas titulaciones de grado y posgrado impartidas en la 乐播传媒 relacionadas con el sector del patrimonio cultural, en el sentido de facilitar en todo lo posible que la actividad de docentes y estudiantes (salidas de campo, pr谩cticas, trabajos fin de grado o trabajos fin de m谩ster, etc.) pueda proyectarse sobre el patrimonio cultural de la propia Universidad.

Art铆culo 28. Investigaci贸n y publicaciones.

1. Todos los 贸rganos responsables de la aplicaci贸n de este Reglamento promover谩n, en el 谩mbito de su competencia, programas y acciones destinados a fomentar el estudio, conocimiento y divulgaci贸n del patrimonio cultural de la 乐播传媒 organizados en el Plan Educa-US.

2. Se procurar谩 dar preferencia, en el marco de las acciones y programas mencionados en el apartado anterior, a la financiaci贸n de las publicaciones de cat谩logos de exposiciones propias sobre el patrimonio cultural universitario, as铆 como de estudios resultantes de las intervenciones de conservaci贸n y restauraci贸n operadas sobre bienes comprendidos en 茅l.

3. En el marco de estas actuaciones de fomento se dedicar谩 especial atenci贸n estudio, conocimiento y divulgaci贸n del patrimonio inmaterial de la 乐播传媒, con el fin de garantizar tambi茅n su adecuada documentaci贸n y registro.

Art铆culo 29. Nuevas tecnolog铆as aplicadas a la difusi贸n.

El 贸rgano de gobierno unipersonal general responsable en materia de patrimonio cultural impulsar谩 el aprovechamiento de las nuevas tecnolog铆as en la difusi贸n del patrimonio cultural de la 乐播传媒, especialmente en los 谩mbitos referidos al acceso al Inventario del patrimonio cultural, como herramientas de gesti贸n y difusi贸n, al 谩mbito de las visitas guiadas, la se帽al茅tica y la digitalizaci贸n y generaci贸n de nuevos recursos on line o la implementaci贸n de los ya existentes, como Mosaico o el Portal Virtual del Patrimonio de las Universidades Andaluzas. Igualmente, se potenciar谩n las acciones oportunas para fomentar el aprovechamiento de las redes sociales como instrumento de comunicaci贸n para la mejora de la difusi贸n de las actividades y eventos ligados al patrimonio cultural de la 乐播传媒.

T脥TULO II

Medidas adicionales de fomento

Art铆culo 30. Colaboraci贸n con otras instituciones y con el sector privado.

1. La 乐播传媒 fomentar谩 la colaboraci贸n con entidades del sector privado cuando de ello se derive una mejora para la gesti贸n o financiaci贸n de acciones que redunden en beneficio del patrimonio cultural de la 乐播传媒. A tal fin, los 贸rganos responsables en materia de patrimonio cultural enumerados en el art铆culo 5.1 de este Reglamento podr谩 impulsar propuestas de convenios, consorcios, mecenazgo, esponsorizaciones o cualquier otro tipo de instrumentos que permitan articular intereses p煤blicos y privados para mejorar el estudio, el conocimiento, la gesti贸n, la conservaci贸n y la difusi贸n de los bienes y valores del patrimonio cultural universitario.

2. De modo espec铆fico, el 贸rgano de gobierno unipersonal general responsable en materia de patrimonio cultural colaborar谩 con los 贸rganos de gobierno unipersonales generales en materia de Investigaci贸n, y de Transferencia del Conocimiento para la identificaci贸n de necesidades presentes en el patrimonio cultural de la Universidad, con el fin de contribuir a identificar 谩mbitos de inter茅s en los que estimular la creaci贸n de empresas basadas en el conocimiento que faciliten la inserci贸n laboral de expertos y egresados de la 乐播传媒 en este sector y que respondan, con sus perfiles, a las necesidades y demanda real de servicios espec铆ficos para este sector, especialmente por cuanto respecta al patrimonio cultural local.

3. La 乐播传媒 fomentar谩 la coordinaci贸n con otras instituciones p煤blicas o privadas, nacionales o extranjeras, competentes en materia de patrimonio cultural, en especial a los efectos de compartir experiencias, informaci贸n y conocimientos t茅cnicos y metodol贸gicos relativos a la gesti贸n y conservaci贸n del patrimonio cultural. En el plano local, la actividad de fomento coordinada con las autoridades competentes prestar谩 especial atenci贸n al objetivo de impulsar la inserci贸n del patrimonio cultural de la 乐播传媒 en el circuito tur铆stico y monumental de la ciudad de Sevilla, enriqueciendo dicha oferta local y contribuyendo a la difusi贸n de la imagen de la Universidad a trav茅s de su patrimonio.

Art铆culo 31. Promoci贸n y fomento del patrimonio cultural de la 乐播传媒.

Los 贸rganos unipersonales generales de gobierno previstos en el art铆culo 5.1 de este Reglamento asumen de modo coordinado el deber de adoptar las medidas necesarias para la promoci贸n y el fomento del patrimonio cultural de la 乐播传媒 en todas sus manifestaciones. En particular, podr谩n proponer la incoaci贸n de expedientes de declaraci贸n de Bien de Inter茅s Cultural o la solicitud de inclusi贸n de bienes en el Cat谩logo General del Patrimonio Hist贸rico Andaluz, como inmuebles o de manifestaciones de car谩cter inmaterial.

Art铆culo 32. Asesoramiento y asistencia t茅cnica.

La 乐播传媒, a trav茅s de sus unidades y 贸rganos especializados, as铆 como a trav茅s del Comisi贸n de Patrimonio Cultural, en la medida en que lo permitan sus disponibilidades presupuestarias y recursos, ofrecer谩 a otras instituciones y particulares el asesoramiento, la informaci贸n y la ayuda t茅cnica precisa para la investigaci贸n, documentaci贸n, conservaci贸n, recuperaci贸n, rehabilitaci贸n y difusi贸n de bienes integrantes del patrimonio cultural. En particular, el 贸rgano de gobierno unipersonal general responsable en materia de patrimonio cultural podr谩 canalizar eventuales solicitudes y consultas hacia los 贸rganos, unidades y departamentos especializados, fomentando as铆 la articulaci贸n de contratos y otras acciones de transferencia en los 谩mbitos referidos que redunden en beneficio del estudio y preservaci贸n del patrimonio cultural en general.

Art铆culo 33. Fomento del voluntariado cultural.

Los 贸rganos responsables para la aplicaci贸n del presente Reglamento favorecer谩n acciones de voluntariado cultural asociadas al patrimonio cultural de la 乐播传媒 colaborando con los 贸rganos unipersonales generales de gobierno responsables en materia de Estudiantes y de voluntariado, como cauce que constituye para el ejercicio del derecho de participaci贸n en la vida cultural reconocido en el art铆culo 9.2 de la Constituci贸n Espa帽ola.

Sin perjuicio de que dicha oferta quede abierta al conjunto de la ciudadan铆a, la misma ser谩 especialmente dirigida a miembros de la comunidad universitaria y, en particular, a estudiantes de la 乐播传媒 matriculados en las titulaciones universitarias ligadas al patrimonio u otras afines.

Art铆culo 34. Plan Integral para el Patrimonio Cultural de la 乐播传媒.

1. En el plazo m谩ximo de dos a帽os desde la aprobaci贸n del presente Reglamento, el Consejo de Gobierno aprobar谩 un Plan Integral para el Patrimonio Cultural de la 乐播传媒, cuyo dise帽o corresponder谩 a la Comisi贸n de Patrimonio Cultural, bajo la coordinaci贸n de la persona del equipo de gobierno responsable en esa materia. Se garantizar谩 en la elaboraci贸n de este plan una participaci贸n amplia de los restantes 贸rganos universitarios vinculados a la gesti贸n, conservaci贸n y estudio del patrimonio cultural.

2. El Plan Integral tendr谩 car谩cter bienal, seguir谩 los ejes y acciones previstos en el Plan Estrat茅gico de la Universidad y habr谩 de ser actualizado durante los 煤ltimos tres meses de su vigencia a los efectos de garantizar una continuidad de la planificaci贸n de conjunto para el patrimonio cultural universitario.

3. En el citado Plan habr谩n de identificarse los objetivos generales y espec铆ficos que se pretendan conseguir durante su vigencia temporal, partiendo del an谩lisis de las necesidades de conservaci贸n, protecci贸n, investigaci贸n, enriquecimiento, fomento y difusi贸n que presenta el patrimonio cultural de la Universidad, y se propondr谩n directrices y acciones concretas para lograr esos objetivos.

4. Las directrices contenidas en el Plan Integral de Patrimonio Cultural orientar谩n la actuaci贸n de los 贸rganos responsables para la aplicaci贸n del presente Reglamento y las acciones concretas que se programen.

5. El Plan incorporar谩 una memoria econ贸mica orientativa que, en todo caso, deber谩 ajustarse en su ejecuci贸n a las previsiones que se establezcan en los presupuestos anuales de la 乐播传媒.

DISPOSICI脫N ADICIONAL

脷苍颈肠补. Cita en g茅nero femenino de los preceptos de este Reglamento.

Las referencias a personas, Colectivos o cargos acad茅micos figuran en el presente Reglamento en g茅nero masculino como g茅nero gramatical no marcado. Cuando proceda, ser谩 v谩lida la cita de los preceptos correspondientes en g茅nero femenino.

DISPOSICI脫N DEROGATORIA

脷苍颈肠补.

Quedan derogadas las disposiciones de igual o inferior rango que se opongan o contradigan lo dispuesto en este Reglamento.

DISPOSICIONES FINALES

Primera. Desarrollo.

Se habilita al Rector, para dictar las instrucciones y adoptar las medidas necesarias para el desarrollo y ejecuci贸n de este Reglamento.

Segunda. Entrada en vigor.

El presente Reglamento entrar谩 en vigor el d铆a de su publicaci贸n en el Bolet铆n Oficial de la 乐播传媒 (BOUS).